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SENASICA suspende importaciones avícolas de Brasil por brote de Newcastle

Imagen ilustrativa del sector avícola relacionada con las medidas zoosanitarias para prevenir la enfermedad de Newcastle.
Sanidad animal y comercio exterior 19/10/2026

La Secretaría de Agricultura, a través de SENASICA, suspendió la importación de productos avícolas procedentes de Brasil tras confirmarse un brote de la enfermedad de Newcastle en el estado de Santa Catarina. La medida busca proteger la sanidad avícola nacional y se mantendrá mientras se recibe y evalúa información zoosanitaria sobre la atención del brote.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA), a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), anunció el 19 de octubre de 2026 la suspensión de importaciones de productos de origen avícola procedentes de Brasil.

La decisión se tomó después de que el Ministerio de Agricultura y Ganadería de Brasil confirmó un brote de la enfermedad de Newcastle en una granja comercial de pollos de engorda, ubicada en Nova Itaberaba, estado de Santa Catarina.

**¿Qué productos están sujetos a la suspensión?**

De acuerdo con el comunicado oficial, la medida comprende:

- Carne y despojos de aves.
- Huevo fértil y pollitos de hasta tres días de edad.
- Aves canoras, de ornato y rapaces destinadas a comercialización.
- Otros productos y animales avícolas contemplados en la restricción sanitaria.

Como parte de las acciones preventivas, SENASICA inactivó las Hojas de Requisitos Zoosanitarios correspondientes en su plataforma, con el objetivo de impedir el ingreso de los productos afectados.

La restricción también aplica a productos transportados por turistas, además de las importaciones comerciales.

**¿Por qué es importante para el sector?**

La medida busca preservar la condición sanitaria de México frente a la enfermedad de Newcastle y proteger la producción avícola nacional.

Para las empresas relacionadas con la importación, comercialización y distribución de productos avícolas, esta disposición destaca la importancia de consultar los requisitos zoosanitarios vigentes antes de realizar operaciones de comercio exterior.

**ORVAL | Consultoría que Genera Resultados**

Mantenerse informado sobre las disposiciones sanitarias y regulatorias permite a las empresas anticipar riesgos y tomar mejores decisiones en sus operaciones.

*Información basada en el comunicado oficial de SENASICA del 19 de octubre de 2026. Las restricciones están sujetas a las actualizaciones que emitan las autoridades competentes.*
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AGRICULTURA y SAT refuerzan requisitos para la exportación de aguacate a Estados Unidos

Ilustración editorial de aguacates mexicanos en un centro de empaque, representando la trazabilidad y el cumplimiento de requisitos para exportación.
Comercio exterior y regulación agroalimentaria 06/10/2026

AGRICULTURA y el SAT anunciaron medidas para fortalecer la trazabilidad y el cumplimiento fiscal y fitosanitario en la exportación de aguacate mexicano a Estados Unidos. Las empacadoras deberán acreditar compras directas a huertos certificados, respaldadas con CFDI y documentación correspondiente para efectos de deducibilidad fiscal. La nueva disposición entrará en vigor el 31 de diciembre de 2026.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informaron sobre nuevas acciones para fortalecer la cadena de exportación de aguacate mexicano hacia Estados Unidos, con especial atención a la trazabilidad, la sanidad agrícola y el cumplimiento fiscal.

**Compras directas a huertos certificados**

De acuerdo con el comunicado oficial del 6 de octubre de 2026, las empresas empacadoras de exportación deberán acreditar que la fruta proviene de huertos certificados y que las compras se realizan directamente a los productores autorizados.

Estas operaciones deberán estar respaldadas por el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) emitido por el propietario, usufructuario o poseedor del huerto certificado, además de la documentación que acredite el cumplimiento de las disposiciones fitosanitarias aplicables.

**Implicaciones fiscales y regulatorias**

El SAT señaló que el cumplimiento de estos requisitos será relevante para la deducibilidad de las compras de aguacate en el Impuesto sobre la Renta (ISR).

Las medidas buscan fortalecer la formalidad de las operaciones, reducir la intermediación informal y mejorar la trazabilidad de la cadena de suministro.

**Certificación laboral para la agroexportación**

AGRICULTURA también informó sobre la incorporación del sector aguacatero al Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA), mecanismo relacionado con el cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.

**¿Qué deben considerar las empresas?**

Para productores, empacadoras y exportadores, resulta importante:

- Verificar que los huertos proveedores cuenten con la certificación correspondiente.
- Mantener la documentación fiscal y fitosanitaria de las operaciones.
- Revisar los requisitos de trazabilidad y movilización de fruta fresca.
- Consultar las disposiciones y plazos vigentes emitidos por las autoridades competentes.

Según el comunicado, la nueva disposición relacionada con las compras y su deducibilidad entrará en vigor el 31 de diciembre de 2026. Este plazo es distinto de las obligaciones del Certificado Laboral para la Agroexportación, cuya aplicación inició el 1 de octubre de 2026.

**ORVAL | Consultoría que Genera Resultados**

El cumplimiento regulatorio y documental es un componente fundamental para las empresas que participan en cadenas de producción y comercio exterior.

En ORVAL promovemos la importancia de mantenerse informado y contar con acompañamiento especializado para identificar y atender los requisitos aplicables a cada operación.

*Información elaborada con base en comunicados oficiales de AGRICULTURA y la STPS. Las empresas deben consultar la normativa vigente y los requisitos específicos de sus operaciones.*
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SENASICA certifica buenas prácticas en la producción de alimentos

Producción agroalimentaria y buenas prácticas para fortalecer la inocuidad de los alimentos en México.
Inocuidad agroalimentaria 02/10/2026

El SENASICA informó que durante 2026 se han certificado 5,916 unidades de producción y empaque primario por la implementación de sistemas y buenas prácticas orientadas a fortalecer la inocuidad de los alimentos. Estas acciones contribuyen a reducir riesgos de contaminación y favorecen la competitividad de los productos agroalimentarios mexicanos.

La implementación de buenas prácticas continúa siendo un elemento fundamental para fortalecer la inocuidad y competitividad del sector agroalimentario mexicano.

Durante 2026, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) ha certificado 5,916 unidades de producción y empaque primario que implementan sistemas orientados a reducir los riesgos de contaminación durante la producción de alimentos.

De las unidades certificadas, 4,025 corresponden al sector agrícola, 1,407 al sector pecuario y 484 al sector acuícola.

En la producción agrícola se consideran esquemas como los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación (SRRC), las buenas prácticas en unidades de producción y empaque, así como el Buen Uso y Manejo de Plaguicidas.

Estos mecanismos buscan disminuir la posibilidad de contaminación física, química o microbiológica durante los procesos productivos y contribuir a que los alimentos lleguen al consumidor bajo mejores condiciones de inocuidad.

Además de proteger al consumidor, la adopción de buenas prácticas y sistemas de reducción de riesgos representa una herramienta para fortalecer la competitividad de los productores y facilitar el acceso a mercados nacionales e internacionales con mayores estándares de exigencia.

Para las empresas del sector agroalimentario, conocer y cumplir con los requisitos sanitarios aplicables resulta cada vez más importante para mantener operaciones seguras y aprovechar nuevas oportunidades comerciales.

Fuente: Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA)

URL: https://www.gob.mx/senasica

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Inicia temporada de pesca de camarón en el Pacífico y Golfo de México

Actividad pesquera de camarón en aguas mexicanas durante el inicio de la temporada de aprovechamiento.
Sector pesquero y acuícola 01/10/2026

La CONAPESCA informó el inicio de los periodos de aprovechamiento de camarón en distintas zonas del Golfo de México y el océano Pacífico durante octubre. Las medidas se establecieron con base en opiniones técnicas del IMIPAS y buscan mantener un aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros.

Durante octubre comienzan nuevos periodos de aprovechamiento para distintas especies pesqueras en México, entre ellas el camarón del Golfo de México y del océano Pacífico.

La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) informó que las medidas fueron determinadas con base en opiniones técnicas del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), con el objetivo de favorecer la conservación de las especies y ordenar la actividad pesquera bajo criterios de sustentabilidad.

Para el camarón del Golfo de México, el aprovechamiento inició el 1 de octubre en los sistemas lagunarios estuarinos de Tabasco y para la especie siete barbas en la franja costera frente a Campeche y Tabasco.

En aguas marinas de los Caladeros de Contoy, Quintana Roo, y en la franja costera frente a Campeche y Tabasco, el periodo comenzó el 2 de octubre.

En el océano Pacífico, el aprovechamiento de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal, incluido el Alto Golfo de California, inicia el 7 de octubre.

La regulación de los periodos de captura permite administrar los recursos pesqueros considerando sus ciclos biológicos, al mismo tiempo que busca generar ingresos de manera responsable, mantener el abastecimiento de alimentos y proteger los ecosistemas marinos.

Para productores y empresas vinculadas con el sector pesquero y acuícola, mantenerse informados sobre los periodos de aprovechamiento, vedas y disposiciones aplicables es fundamental para desarrollar sus actividades dentro del marco regulatorio correspondiente.
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